Ley fiscal

Ley de Inocencia Fiscal: qué cambios establece y cómo puede atraer nuevas inversiones

La Cámara de Diputados dio media sanción esta semana al proyecto de reforma tributaria denominado Ley de Inocencia Fiscal, que establece modificaciones importantes en el “Régimen Penal Tributario”, la “Ley de Procedimientos Tributarios” (multas y plazos de prescripción) y el “Código Civil y Comercial de la Nación” (unificación de plazos de prescripción provincial). Además, propone instaurar una declaración jurada simplificada para personas humanas con ingresos y patrimonios dentro de ciertos límites. 

Es necesario recordar que el nombre del proyecto aprobado por la Cámara de Diputados tiene como premisa de que el contribuyente es inocente hasta que se demuestre lo contrario con el propósito de que los sujetos obligados que cumplen puedan centrarse en el desarrollo del negocio con tranquilidad y que el Fisco se concentre en perseguir grandes evasores. 

Entre las principales modificaciones se pueden destacar:  

Régimen Penal Tributario 

- Evasión simple: El umbral establecido pasa de $1,5 millones a $100 millones. 

- Evasión agravada: de $15 millones a $1.000 millones. 

- Otros delitos (facturas apócrifas): $1,5 millones a $100 millones. 

- Extinción de acción penal
  • Si se paga la deuda total (capital e intereses) antes de la denuncia. 
  • Si ya hay acción penal, se extingue pagando deuda + 50% adicional dentro de 30 días de la notificación de la imputación penal (indagatoria) 
Procedimiento Tributario 

- Multas: se actualizan montos (ej.: $200 → $220.000; $400 → $440.000). 

- Prescripción:  
  • General: 5 años. 
  • Reducida: 3 años si declaración presentada en término y sin discrepancias significativas. 
  • No inscriptos: 10 años. 

- Se define “discrepancia significativa” (igual o mayor al15% de diferencia o superar umbral penal). 

Declaración Jurada Simplificada 

- Aplica a personas humanas y sucesiones indivisas con:  
  • Ingresos ≤ $1.000 millones; y 
  • Patrimonio ≤ $10.000 millones. 
- Efecto liberatorio: aceptación y pago implica cierre del período fiscal. 

- Presunción de exactitud: salvo discrepancias graves (≥15% o uso de facturas apócrifas). 

- Limita fiscalización retroactiva para quienes cumplan condiciones. 

Armonización normativa 

El proyecto modifica artículos del Código Civil y Comercial y leyes previsionales para unificar plazos de prescripción (5 años para cumplidores, 10 para otros). Esto resulta de especial interés ya que hoy el Fisco contaba con un plazo de prescripción de 10 años para perseguir deudas relacionadas a aportes y contribuciones de la Seguridad Social. 

En este contexto, tanto las provincias como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están invitadas a adoptar regímenes simplificados. 

Por su parte, otro aspecto a destacar es que los montos previstos en el Régimen Penal Tributario, en la Ley de Procedimiento y en Ganancias Simplificado se ajustarán anualmente a partir del 1º de enero de 2027. 

Este ajuste se sujetará a la variación anual de la unidad de valor adquisitivo (UVA). Para evaluar la configuración de delitos, se considerará el importe de UVA vigente al momento de su comisión (fecha de vencimiento de la declaración jurada).  

Es destable las modificaciones propuestas ya que tienden a bajar la litigiosidad en el ámbito penal tributario (se actualizan los montos considerablemente luego de casi 10 años), se incentiva a la regularización voluntaria para extinguir la acción penal (queda claro que la Ley tiene una finalidad recaudatoria y no punitiva), se da mayor previsibilidad y confianza en el sistema tributario (con plazos de prescripción unificados en ámbito nacional y provincial) y, a su vez, se concentra la persecución ante grandes evasores. 

Estas modificaciones propuestas son importantes ya que tienen a bajar la litigiosidad en el ámbito penal tributario, con actualizaciones considerables de los montos luego de casi 10 años. A su vez, se incentiva la regularización voluntaria para extinguir la acción penal y, dada la finalidad recaudatoria y no punitiva de la ley, se da mayor previsibilidad y confianza en el sistema tributario (con plazos de prescripción unificados en ámbito nacional y provincial) y se concentra la persecución ante grandes evasores.