Cuando la evidencia desaparece en la nube: las lecciones de PharmacyChecker para el litigio
Cuando la evidencia desaparece en la nube: las lecciones de PharmacyChecker para el litigio
El fallo del 10 de abril de 2026 de una magistrada estadounidense en PharmacyChecker.com LLC v. National Association of Boards of Pharmacy et al( Docket Number: 7:2019cv07577) constituye un pronunciamiento relevante en materia de preservación de evidencia digital. El caso tuvo origen en la pérdida de información de tráfico web almacenada en Google Universal Analytics, una plataforma cuya discontinuación había sido anunciada con suficiente anticipación.
Durante el proceso, el tribunal concluyó que la demandante no había adoptado medidas razonables para preservar datos que sabía relevantes para el litigio, pese a disponer del tiempo y los medios para hacerlo. Como consecuencia, se impusieron sanciones procesales y limitaciones relacionadas con el uso de la evidencia faltante. De esta manera, el fallo extiende la calidad de su razonamiento dentro de la práctica local y latinoamericana.
Aunque los hechos giran en torno a métricas de tráfico web, el interés jurídico de la decisión va mucho más allá de ese contexto específico: resguardar documentos para que sean presentables como prueba informativa – cuando ya no están. En realidad, el fallo aborda una cuestión central para cualquier litigio moderno: cuáles son las obligaciones de una empresa cuando la información potencialmente relevante como evidencia se encuentra almacenada en plataformas tecnológicas administradas por terceros.
La respuesta del tribunal es categórica: una organización no queda relevada de sus deberes de preservación por el hecho de que los datos estén alojados en sistemas externos. Cuando una parte sabe o razonablemente debería saber que determinada información puede resultar relevante para una controversia judicial, tiene la obligación de adoptar medidas concretas para evitar su pérdida. La responsabilidad jurídica subsiste, aunque la información se encuentre en servidores de Google, Microsoft, Salesforce u otros proveedores tecnológicos.
Este aspecto adquiere especial importancia en una economía donde gran parte de los activos informacionales de las organizaciones reside en la nube. Correos electrónicos, bases de datos comerciales, registros de actividad, documentación contractual, métricas digitales y comunicaciones internas dependen hoy de plataformas sujetas a políticas de retención, actualizaciones, migraciones y cambios tecnológicos permanentes.
El caso PharmacyChecker demuestra que esa dependencia tecnológica no elimina los riesgos y las responsabilidades jurídicas asociados a la desaparición de información.
La sentencia también refleja un cambio más profundo en la concepción de la evidencia digital. Durante años, las cuestiones de almacenamiento y resguardo de información fueron consideradas asuntos exclusivamente técnicos. Hoy resulta evidente que la preservación de evidencia electrónica constituye una obligación jurídica de primer orden.
La gestión de la información forma parte de la gestión del riesgo legal. Es significativa la observación efectuada por la magistrada respecto de la supervisión legal de las tareas de preservación.
Según surge de la decisión, la conservación de los datos había sido encomendada a personal técnico sin una adecuada dirección por parte de los abogados involucrados. El tribunal consideró esta circunstancia como un factor relevante al momento de evaluar la razonabilidad de las medidas adoptadas.
Entonces, resulta claro que la preservación de evidencia digital no puede delegarse absolutamente en los departamentos de tecnología. Los abogados deben involucrarse activamente en la identificación de las fuentes de información relevantes, comprender los riesgos asociados a las diferentes plataformas y supervisar las acciones destinadas a resguardar la prueba.
La experiencia demuestra que los problemas más graves no suelen surgir de fallas tecnológicas imprevisibles, sino de la ausencia de coordinación entre las áreas legales y técnicas. La decisión parte de una premisa sencilla: quien conoce la relevancia de determinada información y dispone de medios razonables para preservarla, debe actuar antes que esa información desaparezca. La pasividad, la improvisación o la confianza excesiva en terceros difícilmente constituyan explicaciones satisfactorias una vez iniciado el litigio.
El aspecto más relevante dentro de America Latina, es su proyección sobre los sistemas jurídicos, cuando se trata de disputas relacionadas con información relevante en un litigio que ha desaparecido o ya no se encuentra disponible.
Frente a estas situaciones, institutos propios, los ordenamientos latinoamericanos como la buena fe procesal, el deber de colaboración con la justicia, la carga de conservar elementos probatorios relevantes y la prohibición de obstaculizar el esclarecimiento de los hechos ofrecen fundamentos suficientes para extraer consecuencias adversas cuando la pérdida de información pudo haberse evitado mediante una conducta diligente. Desde esta perspectiva, la principal enseñanza de PharmacyChecker no reside en las sanciones concretas aplicadas por el tribunal estadounidense, sino en el estándar de conducta que establece, aplicable a otros ordenamientos.
Para las empresas latinoamericanas, el mensaje es claro. En un entorno donde la mayor parte de la actividad corporativa deja rastros digitales y donde la prueba decisiva de un litigio suele encontrarse en sistemas administrados por terceros, la gestión de la información debe formar parte de cualquier estrategia de prevención legal. Porque cuando la evidencia desaparece, el verdadero debate rara vez será tecnológico. Lo que estará en juego será la capacidad de demostrar que se actuó con la diligencia que el derecho exige.

Durante el proceso, el tribunal concluyó que la demandante no había adoptado medidas razonables para preservar datos que sabía relevantes para el litigio, pese a disponer del tiempo y los medios para hacerlo. Como consecuencia, se impusieron sanciones procesales y limitaciones relacionadas con el uso de la evidencia faltante. De esta manera, el fallo extiende la calidad de su razonamiento dentro de la práctica local y latinoamericana.
Aunque los hechos giran en torno a métricas de tráfico web, el interés jurídico de la decisión va mucho más allá de ese contexto específico: resguardar documentos para que sean presentables como prueba informativa – cuando ya no están. En realidad, el fallo aborda una cuestión central para cualquier litigio moderno: cuáles son las obligaciones de una empresa cuando la información potencialmente relevante como evidencia se encuentra almacenada en plataformas tecnológicas administradas por terceros.
La respuesta del tribunal es categórica: una organización no queda relevada de sus deberes de preservación por el hecho de que los datos estén alojados en sistemas externos. Cuando una parte sabe o razonablemente debería saber que determinada información puede resultar relevante para una controversia judicial, tiene la obligación de adoptar medidas concretas para evitar su pérdida. La responsabilidad jurídica subsiste, aunque la información se encuentre en servidores de Google, Microsoft, Salesforce u otros proveedores tecnológicos.
Este aspecto adquiere especial importancia en una economía donde gran parte de los activos informacionales de las organizaciones reside en la nube. Correos electrónicos, bases de datos comerciales, registros de actividad, documentación contractual, métricas digitales y comunicaciones internas dependen hoy de plataformas sujetas a políticas de retención, actualizaciones, migraciones y cambios tecnológicos permanentes.
El caso PharmacyChecker demuestra que esa dependencia tecnológica no elimina los riesgos y las responsabilidades jurídicas asociados a la desaparición de información.
La sentencia también refleja un cambio más profundo en la concepción de la evidencia digital. Durante años, las cuestiones de almacenamiento y resguardo de información fueron consideradas asuntos exclusivamente técnicos. Hoy resulta evidente que la preservación de evidencia electrónica constituye una obligación jurídica de primer orden.
La gestión de la información forma parte de la gestión del riesgo legal. Es significativa la observación efectuada por la magistrada respecto de la supervisión legal de las tareas de preservación.
Según surge de la decisión, la conservación de los datos había sido encomendada a personal técnico sin una adecuada dirección por parte de los abogados involucrados. El tribunal consideró esta circunstancia como un factor relevante al momento de evaluar la razonabilidad de las medidas adoptadas.
Entonces, resulta claro que la preservación de evidencia digital no puede delegarse absolutamente en los departamentos de tecnología. Los abogados deben involucrarse activamente en la identificación de las fuentes de información relevantes, comprender los riesgos asociados a las diferentes plataformas y supervisar las acciones destinadas a resguardar la prueba.
La experiencia demuestra que los problemas más graves no suelen surgir de fallas tecnológicas imprevisibles, sino de la ausencia de coordinación entre las áreas legales y técnicas. La decisión parte de una premisa sencilla: quien conoce la relevancia de determinada información y dispone de medios razonables para preservarla, debe actuar antes que esa información desaparezca. La pasividad, la improvisación o la confianza excesiva en terceros difícilmente constituyan explicaciones satisfactorias una vez iniciado el litigio.
El aspecto más relevante dentro de America Latina, es su proyección sobre los sistemas jurídicos, cuando se trata de disputas relacionadas con información relevante en un litigio que ha desaparecido o ya no se encuentra disponible.
Frente a estas situaciones, institutos propios, los ordenamientos latinoamericanos como la buena fe procesal, el deber de colaboración con la justicia, la carga de conservar elementos probatorios relevantes y la prohibición de obstaculizar el esclarecimiento de los hechos ofrecen fundamentos suficientes para extraer consecuencias adversas cuando la pérdida de información pudo haberse evitado mediante una conducta diligente. Desde esta perspectiva, la principal enseñanza de PharmacyChecker no reside en las sanciones concretas aplicadas por el tribunal estadounidense, sino en el estándar de conducta que establece, aplicable a otros ordenamientos.
Para las empresas latinoamericanas, el mensaje es claro. En un entorno donde la mayor parte de la actividad corporativa deja rastros digitales y donde la prueba decisiva de un litigio suele encontrarse en sistemas administrados por terceros, la gestión de la información debe formar parte de cualquier estrategia de prevención legal. Porque cuando la evidencia desaparece, el verdadero debate rara vez será tecnológico. Lo que estará en juego será la capacidad de demostrar que se actuó con la diligencia que el derecho exige.

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